El verano aligera agendas, pero no suspende el Derecho del Trabajo. En estos meses siguen apareciendo conflictos muy concretos que conviene tener bajo control. Aquí te explicamos, de forma clara y con base jurídica, dos situaciones frecuentes durante los meses de verano: (1) actuaciones empresariales ante incapacidades temporales con indicios de fraude, especialmente cuando hay publicaciones en redes sociales, y (2) el derecho a la desconexión digital durante las vacaciones.
Objetivo: que tu empresa anticipe riesgos, actúe con prudencia y evite nulidades y sanciones.
1) Incapacidad temporal y fraude: cuándo y cómo puede actuar la empresa
La incapacidad temporal (IT) protege la recuperación de la persona trabajadora y, según el caso, puede garantizar una prestación económica relevante. Pero no ampara conductas incompatibles con la curación o que pongan en duda la veracidad de la dolencia.
Señales de alerta (cada vez más habituales)
- Publicaciones en Instagram/TikTok/Facebook u otras redes que muestran actividades de riesgo para la lesión (cargar peso con lesión lumbar, deportes de impacto, etc.).
- Evidencias de viajes o trabajos paralelos mientras se está de baja.
¿Cuándo existe base para un despido disciplinario?
Los tribunales suelen apreciarla en dos grandes supuestos:
- Actividad que retrasa o impide la curación.
- Actividad que evidencia simulación o inexistencia de la dolencia.
Ojo: no basta una foto aislada; importa la gravedad, reiteración y contexto de la conducta.
Cómo recabar y preservar prueba válida (checklist)
- Capturas de pantalla con fecha y hora
- Comentarios y reacciones de terceros que refuercen la autenticidad.
- Cronología y, si existe, geolocalización de publicaciones.
- De ser posible, acta notarial o protocolo interno de preservación de evidencias.
- Informe médico o de vigilancia de la salud (si procede) que valore la incompatibilidad de la actividad con la dolencia.
Cautelas para evitar nulidades
- Evita que la medida se interprete como represalia por el mero hecho de estar en IT.
- Fundamenta la decisión en la transgresión de la buena fe contractual (simulación, abuso de confianza o actividad objetivamente incompatible con la recuperación).
- Mantén la proporcionalidad: valora sanciones graduales si la conducta no es grave/reiterada.
- Respeta el procedimiento y los plazos del régimen disciplinario aplicable (convenio/estatuto interno).
Error frecuente: precipitarse sin prueba sólida. Primero documenta; después, decide.
Como recordaba nuestra compañera Lidia Hernández en su artículo publicado en Legal Today, la vigilancia frente al uso fraudulento de bajas médicas es una medida clave para frenar los graves problemas de absentismo laboral que sufren muchas empresas (lee el artículo completo aquí).
2) Desconexión digital en vacaciones: qué se puede y qué no
El derecho a la desconexión digital se reconoce en el art. 88 LOPDGDD y se conecta con el art. 20 bis del Estatuto de los Trabajadores. Su finalidad es proteger el descanso, la conciliación y evitar la llamada “fatiga informática”. Actualmente, cuando las empresas cuenten con representantes legales de los trabajadores, cuando el convenio colectivo así lo exige o cuando exista teletrabajo, será obligatorio que las empresas elaboren e implanten un protocolo de desconexión digital formal, que garantice el derecho de los empleados a la intimidad y el descanso fuera de su horario laboral. En el resto de los casos no es obligatorio pero sí aconsejable.
Regla general
Durante las vacaciones la empresa no puede sancionar ni despedir por no responder a emails, llamadas o mensajería instantánea.
Qué comunicaciones sí son aceptables
- Comunicaciones generales o automatizadas que no exigen respuesta
- Supuestos excepcionales previstos en convenio o acuerdo (p. ej., emergencias reales o riesgos graves), debidamente justificados y proporcionados.
Riesgos y consecuencias
- Un contacto indebido y reiterado, con perjuicio real, puede considerarse infracción en prevención de riesgos laborales, con sanciones administrativas relevantes según la LISOS y, en su caso, actas de Inspección de Trabajo.
- Si el incumplimiento es sistemático y alcanza gravedad, caben vías judiciales: a) Extinción indemnizada a instancia de la persona trabajadora por incumplimiento grave del empresario. b) Indemnización de daños (morales/psíquicos) si procede. c) Tutela de derechos fundamentales (art. 181 LRJS) ante afectación de derechos básicos.
Recomendaciones accionables para la empresa
- Política interna de desconexión clara, comunicada a la RLT o, en su defecto, a toda la plantilla.
- Formación y sensibilización sobre uso responsable de herramientas digitales.
- Protocolos para urgencias: define quién contacta, cuándo y cómo (y deja constancia escrita).
- Checklist IT: procedimiento estándar de recopilación y preservación de evidencias ante indicios de fraude.
- Proporcionalidad y asesoramiento previo: revisa medidas disciplinarias con RR. HH. y asesoría jurídica antes de ejecutarlas.
- Revisión de convenios y acuerdos: asegúrate de que la regulación interna no colisiona con normativa o jurisprudencia.
Checklist: cómo deben actuar las empresas
¿Puede la empresa llamarme en vacaciones?
Puede realizar comunicaciones genéricas que no exijan respuesta. Si pide respuesta o asigna tareas, no es compatible con la desconexión salvo emergencia excepcional prevista y justificada.
¿Me pueden sancionar si no cojo el teléfono?
En principio no, por el derecho a la desconexión. Otra cosa son supuestos muy excepcionales debidamente regulados.
¿Basta una foto en redes para despedir a alguien de baja?
Normalmente no. Se analiza la conducta en conjunto, su gravedad, reiteración y compatibilidad con la dolencia.
¿Qué tipo de prueba es más sólida?
Evidencias fechadas, coherentes (capturas, cronología, geolocalización), eventualmente acta notarial y valoración de vigilancia de la salud.
El verano no es un paréntesis jurídico. Con protocolos claros, formación y asesoramiento preventivo, tu empresa puede minimizar riesgos y proteger tanto su actividad como los derechos de las personas trabajadoras.
¿Quieres que revisemos tu política de desconexión o tu protocolo ante fraudes en IT? Hablemos.