Abogado de familia

Las decisiones que afectan a una familia suelen tener consecuencias que van más allá del propio conflicto jurídico. Una separación puede obligar a reorganizar la convivencia con los hijos, establecer cómo se atenderán determinados gastos o decidir qué ocurrirá con la vivienda familiar. Y las cuestiones que aparecen durante una ruptura no son las únicas que pueden requerir asesoramiento jurídico dentro de las relaciones familiares.

En Grupo Brío prestamos asesoramiento como abogados de familia en Valencia en situaciones relacionadas con divorcios, custodia, pensiones y acuerdos familiares, atendiendo tanto a las cuestiones que deben resolverse inicialmente como a los cambios que puedan producirse posteriormente.

Divorcios, custodia, pensiones y acuerdos familiares

El derecho de familia comprende situaciones muy diferentes entre sí, aunque muchas de ellas aparecen relacionadas dentro de un mismo asunto. Cuando una pareja decide poner fin a su relación, por ejemplo, la ruptura puede exigir establecer simultáneamente medidas sobre los hijos, las obligaciones económicas o el uso de determinados bienes.

La forma de abordar estas cuestiones depende de las circunstancias familiares y de la posibilidad de alcanzar acuerdos. Cuando existe entendimiento entre las partes, determinadas medidas pueden establecerse de manera consensuada. Si las posiciones son incompatibles, será necesario plantear jurídicamente las pretensiones de cada parte para que puedan resolverse por la vía correspondiente.

Una ruptura implica ordenar una nueva situación familiar

 

La separación o el divorcio modifica una organización familiar que hasta ese momento funcionaba de una determinada manera. Cuando existen hijos, las decisiones que deben adoptarse no se limitan a formalizar el fin de la relación entre los adultos.

La residencia de los menores, el reparto de tiempos, las responsabilidades de cada progenitor y determinadas cuestiones económicas pasan a formar parte de la nueva organización. Por ello, las medidas adoptadas deben responder a las circunstancias existentes y establecer un marco suficientemente claro para organizar las relaciones familiares después de la ruptura.

Custodia y relaciones entre progenitores e hijos

Las decisiones sobre guarda y custodia deben abordarse teniendo en cuenta la situación de los menores y las circunstancias familiares. Junto con el régimen de custodia pueden establecerse otros aspectos relacionados con las estancias, las comunicaciones o la forma en la que ambos progenitores participan en determinadas decisiones.

Cada familia parte de una realidad diferente. La disponibilidad de los progenitores, la edad de los hijos, su organización cotidiana o la distancia entre domicilios pueden influir en las medidas que deban establecerse.

Pensiones y obligaciones económicas

Las consecuencias económicas de una ruptura pueden incluir la determinación de una pensión de alimentos para los hijos y, cuando concurran las circunstancias correspondientes, otras medidas económicas entre los miembros de la pareja.

Su establecimiento exige atender a las necesidades que deben cubrirse y a la situación económica de quienes intervienen. También pueden surgir posteriormente discrepancias relacionadas con el cumplimiento de las cantidades establecidas o con determinados gastos que aparecen durante el desarrollo de las medidas familiares.

Los acuerdos familiares también pueden cambiar

Las medidas establecidas tras una separación o divorcio parten de unas circunstancias determinadas, pero la vida familiar puede evolucionar. Cambios laborales, económicos, de residencia o en las necesidades de los hijos pueden hacer que una regulación adoptada anteriormente deje de ajustarse a la situación existente.

Cuando el cambio tiene suficiente relevancia, puede ser necesario estudiar una modificación de medidas, comparando las circunstancias sobre las que se estableció la regulación existente con la nueva situación familiar. No se trata simplemente de sustituir un acuerdo porque una de las partes prefiera otra organización, sino de determinar si las nuevas circunstancias justifican jurídicamente revisar lo establecido.

Una cuestión distinta aparece cuando las medidas continúan siendo adecuadas, pero una de las partes deja de cumplirlas. En ese escenario, no se trata necesariamente de modificar su contenido, sino de determinar las actuaciones que correspondan para exigir su cumplimiento.

Acuerdo y conflicto en las relaciones familiares

La existencia de una ruptura no significa necesariamente que todas las cuestiones deban resolverse mediante confrontación. Alcanzar acuerdos puede permitir a las partes organizar determinadas cuestiones familiares sin trasladar cada diferencia a una decisión judicial.

Los acuerdos en materia de familia tampoco aparecen únicamente cuando se produce una ruptura. Determinadas decisiones relacionadas con las relaciones patrimoniales de la pareja o con la organización de la convivencia pueden formalizarse jurídicamente antes de que exista un conflicto.

En cualquiera de estos escenarios, el contenido del acuerdo debe contemplar las cuestiones necesarias y poder trasladarse jurídicamente a la regulación que corresponda. Cuando existen menores, además, las decisiones adoptadas deben atender especialmente a su situación y a los criterios aplicables en materia de familia.

Estas cuestiones forman parte del asesoramiento jurídico que Grupo Brío presta a particulares y empresas en diferentes ámbitos. Cuando las partes necesitan trabajar específicamente la resolución de sus diferencias mediante mecanismos extrajudiciales, pueden recurrir al asesoramiento en mediación, arbitraje y MASC.

Cuando las circunstancias exigen acudir a los tribunales

Hay asuntos en los que no es posible alcanzar un acuerdo o en los que resulta necesario solicitar judicialmente la adopción, modificación o cumplimiento de determinadas medidas. La posición de cada parte debe entonces plantearse atendiendo a los hechos, la documentación disponible y la realidad familiar sobre la que debe resolverse.

La intervención judicial no modifica la naturaleza de las cuestiones que deben resolverse: custodia, relaciones con los hijos, obligaciones económicas o cumplimiento de las medidas continúan vinculadas a una realidad familiar concreta que debe trasladarse al procedimiento.

Las medidas adoptadas en un asunto de familia parten de una realidad concreta, pero esta puede cambiar con el tiempo. La evolución de las necesidades de los hijos, de la situación económica o de la propia organización familiar puede hacer necesario revisar cómo se están desarrollando las relaciones y determinar si la regulación existente continúa siendo adecuada.

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