Las entidades que imparten formación subvencionada afrontan habitualmente un importante reto financiero. Antes de comenzar un curso deben asumir gastos de personal, alquiler de instalaciones, plataformas tecnológicas, materiales o gestión administrativa, sin haber recibido todavía una parte suficiente de la ayuda pública concedida.
Con el objetivo de aliviar esa situación, la Orden TES/679/2026, de 29 de junio, introduce una modificación relevante en el sistema de anticipos de las subvenciones destinadas a la formación para el empleo. Desde el 8 de julio de 2026, las convocatorias podrán permitir el pago anticipado de hasta el 80 % de la ayuda concedida, siempre que la entidad comunique el inicio de la actividad formativa y se cumplan los requisitos previstos en cada convocatoria.
Un cambio que mejora la liquidez de las entidades
Hasta ahora, el sistema limitaba el anticipo inicial al 25 % de la subvención. Posteriormente podía abonarse una nueva cantidad hasta alcanzar el 60 %, mientras que el 40 % restante quedaba condicionado a la finalización y justificación del proyecto.
Este modelo obligaba a muchas entidades a financiar durante meses una parte importante de los costes con recursos propios o mediante financiación externa.
Con la nueva regulación, una vez comunicada la fecha de inicio de la actividad, podrán anticiparse fondos de hasta el 80 % del importe concedido, lo que supone un importante alivio para la tesorería de las entidades beneficiarias.
No obstante, conviene recordar que ese porcentaje constituye un límite máximo. La cuantía efectiva dependerá de lo que establezcan las bases de cada convocatoria.
¿Cuándo se considera iniciada la actividad?
La norma adopta un concepto amplio del inicio de la actividad formativa.
No será necesario esperar al primer día de clase. También podrá entenderse iniciado el proyecto cuando comience el primer grupo o curso aprobado o cuando se desarrollen determinadas actuaciones preparatorias vinculadas a la ejecución de la formación, siempre que así lo prevea la convocatoria correspondiente.
Por ello, resulta especialmente recomendable documentar todas las actuaciones realizadas desde el comienzo del proyecto para acreditar correctamente el cumplimiento de este requisito.
El anticipo no elimina la obligación de justificar la subvención
Aunque el porcentaje anticipado aumenta de forma considerable, las obligaciones de justificación permanecen intactas.
Al menos el 20 % de la ayuda seguirá abonándose únicamente una vez finalizada la actividad y presentada toda la documentación justificativa exigida. Además, la Administración podrá revisar posteriormente las facturas y el resto de la documentación durante el plazo legal de comprobación.
Recibir el anticipo antes no significa reducir las exigencias de control sobre la correcta aplicación de los fondos públicos.
Sin avales, pero con determinados límites
La nueva regulación mantiene una ventaja importante para las entidades beneficiarias: no será necesario constituir garantías para acceder al anticipo.
Esto evita costes adicionales asociados a avales bancarios o depósitos y facilita el acceso a la financiación pública, especialmente para entidades de menor tamaño.
Sin embargo, no todas podrán acogerse a este sistema. Quedan excluidas aquellas que se encuentren en determinadas situaciones de insolvencia o concurso previstas por la normativa.
Una oportunidad que exige una buena planificación
El incremento del anticipo constituye una medida muy positiva para el sector de la formación, ya que reduce la necesidad de financiación externa y facilita la puesta en marcha de nuevos programas.
No obstante, aprovechar esta mejora requiere una gestión rigurosa del expediente. Revisar las bases de la convocatoria, acreditar correctamente el inicio de la actividad, controlar los gastos subvencionables y preparar la justificación desde el primer momento resultará clave para evitar incidencias y garantizar el cobro del importe pendiente.
En definitiva, la nueva normativa aporta mayor liquidez, pero también pone de manifiesto la importancia de una adecuada planificación administrativa y económica de los proyectos formativos.
