Teletrabajar desde España para una empresa extranjera: ¿dónde se paga el IRPF?

18 Sep, 2026

Cobrar la nómina de una empresa situada en otro país mientras se trabaja desde casa en España plantea una duda bastante lógica: ¿dónde hay que tributar por ese salario? Y si la empresa extranjera no descuenta IRPF en la nómina, ¿significa que ese sueldo no tributa en España?

La Dirección General de Tributos (DGT) acaba de abordar esta situación en la consulta vinculante V1339/2026, de 2 de junio. El caso analizado corresponde a un trabajador residente fiscal en España que presta sus servicios desde su domicilio para una sociedad portuguesa sin sede en nuestro país y que no practica retenciones de IRPF en su nómina.

El criterio permite distinguir dos cuestiones que no siempre van de la mano: dónde debe pagar impuestos el trabajador y si la empresa extranjera está obligada a practicar retenciones en España.

Si eres residente fiscal en España, tributas por tu renta mundial

El primer dato que hay que comprobar es la residencia fiscal.

En el supuesto estudiado por Tributos, el trabajador es residente fiscal en España y, por tanto, contribuyente del IRPF. Esto supone, con carácter general, que debe declarar aquí su renta mundial, independientemente del país en el que se encuentre la empresa que le paga.

Cuando intervienen dos Estados hay que comprobar, además, qué establece el correspondiente convenio para evitar la doble imposición. En este caso se aplica el convenio entre España y Portugal.

Por eso, trabajar para una empresa extranjera no permite determinar por sí solo dónde debe tributar el salario.

En el teletrabajo importa dónde estás cuando trabajas

Este es uno de los aspectos más interesantes de la consulta.

Para determinar dónde se ejerce el empleo, la DGT atiende al lugar en el que se encuentra físicamente el trabajador mientras desarrolla su actividad.

En el caso analizado, el empleado trabaja desde su domicilio en España. El hecho de que su empresa esté en Portugal, que la nómina proceda de ese país o que el resultado de su trabajo se aproveche allí no modifica esta circunstancia.

Atendiendo a las condiciones planteadas en la consulta, la DGT concluye que España es el país con potestad para gravar esos rendimientos del trabajo.

Esto obliga a prestar especial atención a quienes combinan teletrabajo desde España con jornadas presenciales en otro país, ya que sus circunstancias pueden ser diferentes.

¿La empresa extranjera tiene que retener IRPF español?

No necesariamente.

Que el salario tribute en España no implica automáticamente que la empresa extranjera tenga que descontar IRPF español todos los meses.

Para que exista obligación de retener, el pagador debe encontrarse entre los sujetos obligados por la normativa española.

En el supuesto planteado, si la sociedad portuguesa no opera en España mediante establecimiento permanente ni desarrolla aquí una actividad económica sin establecimiento permanente en los términos previstos legalmente, no estaría obligada a practicar esa retención.

Ahora bien, esta conclusión depende de la situación real de la empresa. No basta con comprobar que su domicilio está en otro país. Hay que analizar si tiene presencia o desarrolla actividad en España y en qué condiciones.

Si no hay retenciones, el salario sigue tributando

Aquí está la consecuencia práctica que conviene tener especialmente presente.

Puede darse una situación perfectamente posible: el trabajador tiene que tributar por su salario en España, pero su empresa extranjera no practica retenciones españolas en la nómina.

El hecho de que cada mes se cobre el salario sin descuento de IRPF no convierte esos ingresos en exentos.

Los rendimientos deberán incluirse en la declaración de la renta y será entonces cuando el contribuyente tenga que afrontar la cuota resultante de su IRPF.

Por eso, una nómina extranjera aparentemente más alta durante el año puede terminar generando una cantidad importante a pagar al presentar la declaración si no existen pagos a cuenta suficientes.

¿Qué conviene revisar si trabajas desde España para una empresa extranjera?

Antes de aplicar este criterio a cualquier situación de teletrabajo internacional hay que analizar las circunstancias concretas.

Entre otras cuestiones, conviene comprobar:

  • La residencia fiscal del trabajador.
  • El país desde el que realiza físicamente su actividad.
  • Si trabaja algunos días presencialmente en el extranjero.
  • El convenio para evitar la doble imposición aplicable.
  • La presencia o actividad real de la empresa extranjera en España.
  • Si se están practicando retenciones durante el ejercicio.

Especialmente importante es este último punto. Si la empresa paga la nómina sin retener IRPF español, resulta aconsejable anticipar cuál puede ser el impacto fiscal en la declaración de la renta.

Trabajar desde España para una compañía extranjera no significa dejar el salario fuera del IRPF español. Y que la empresa no practique retenciones tampoco elimina la obligación de tributar.

En teletrabajo internacional, saber dónde está la empresa es importante. Pero fiscalmente puede ser todavía más relevante saber dónde está el trabajador mientras presta sus servicios. En Grupo Brío te asesoramos en todo lo que necesites.

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