El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vuelve a incrementarse en 2026. El Consejo de Ministros ha aprobado una subida del 3,1 %, situándolo en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026
En términos anuales, el salario mínimo alcanza los 17.094 euros, manteniéndose exento de tributación en el IRPF. La medida no es meramente simbólica. Tiene consecuencias directas en la gestión laboral de las empresas y exige revisar nóminas, contratos y estructura salarial.
El incremento tiene efectos desde enero. Esto implica que aquellas empresas que hayan abonado nóminas por debajo del nuevo umbral deberán proceder a su regularización.
La retroactividad no es opcional. Obliga a recalcular:
- Salarios base inferiores al nuevo SMI.
- Complementos vinculados al mínimo.
- Cotizaciones correspondientes a los meses ya liquidados.
Un descuido en este punto puede generar diferencias salariales y contingencias frente a la Inspección de Trabajo.
Complementos salariales: no todo es absorbible
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo acuerdo es el anuncio de una regulación específica para evitar que la subida del SMI quede neutralizada mediante la absorción de complementos con naturaleza propia.
No todos los conceptos pueden utilizarse para compensar el incremento del salario mínimo. La clave está en la naturaleza jurídica del complemento:
- Si retribuye circunstancias específicas (turnicidad, nocturnidad, peligrosidad, etc.), su absorción puede no ser válida.
- Si tiene carácter genérico o responde a mejoras voluntarias, la situación puede ser distinta.
Cada estructura salarial exige análisis individualizado.
Empleadas de hogar: nuevo mínimo por hora
En el régimen de empleadas de hogar externas por horas, la referencia mínima se fija en 9,55 euros por hora efectivamente trabajada, incluyendo todos los conceptos retributivos.
Cualquier contrato por horas por debajo de esta cuantía deberá actualizarse de forma inmediata.
Contratos temporales inferiores a 120 días
Para contratos de duración determinada inferiores a 120 días, la cuantía mínima no podrá ser inferior a 57,82 euros por jornada legal trabajada.
Este umbral afecta especialmente a sectores con alta rotación y contratación estacional.
Impacto real en las empresas
El incremento supone 37 euros más al mes respecto a 2025, pero su efecto no se limita a esa cifra. Puede incidir en:
- Escalas salariales internas.
- Complementos vinculados al salario base.
- Costes de Seguridad Social.
- Convenios colectivos que referencian el SMI.
El nuevo SMI 2026 no solo actualiza una cifra, obliga a revisar la arquitectura salarial de la empresa para evitar irregularidades.
La retroactividad, la posible limitación a la absorción de complementos y los nuevos umbrales en contratos por horas exigen análisis técnico.
En GRA Consultores revisamos estructuras salariales, contratos y sistemas retributivos para asegurar que la aplicación del SMI se ajusta a la normativa vigente y evita riesgos futuros.
