Los propietarios pueden reducir su IRPF al transformar un local en vivienda

Grupo Brio

marzo 18, 2025

Si has convertido un local comercial en vivienda y lo destinas al alquiler, es clave conocer cómo puedes beneficiarte de una reducción fiscal en el IRPF de hasta el 60%. No todas las viviendas transformadas pueden acogerse a esta ventaja, por lo que es fundamental entender los requisitos y condiciones establecidas por la normativa vigente.

  1. Aplicación de la reducción según el tipo de arrendamiento

El artículo 23.2 de la LIRPF establece diferentes porcentajes de reducción en función de las características del arrendamiento:

  • 90% de reducción: si el arrendador firma un nuevo contrato en una zona de mercado residencial tensionado y reduce la renta en más de un 5% respecto al contrato anterior.
  • 70% de reducción se aplica en estos casos:
  1. Cuando la vivienda se alquila por primera vez en una zona tensionada y el arrendatario tiene entre 18 y 35 años.
  2. Si se arrienda a una Administración Pública o entidad sin ánimo de lucro con destino a alquiler social.
  • 60% de reducción: Disponible cuando la vivienda ha sido rehabilitada conforme al artículo 41.1 del Reglamento del IRPF y las obras finalizaron en los dos años anteriores al arrendamiento.
  • 50% de reducción: Aplicable en cualquier otro caso siempre que el arrendamiento sea para vivienda habitual.
  1. Requisitos para aplicar la reducción del 60% por rehabilitación

Para acceder a esta reducción, se deben cumplir dos condiciones esenciales:

a) Rehabilitación del inmueble

Debe cumplir con los criterios del artículo 41.1 del Reglamento del IRPF:

  • Ser una obra de rehabilitación conforme al Real Decreto 233/2013.
  • Implicar la reconstrucción del inmueble, afectando elementos estructurales.
  • Tener un coste superior al 25% del valor de adquisición del inmueble o su valor de mercado antes de la rehabilitación.
  • No se consideran rehabilitaciones las reformas internas o mejoras en instalaciones.

b) Arrendamiento como vivienda habitual

Debe cumplir con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

  • No se aplicará la reducción si el alquiler es para uso turístico o de temporada.

Ejemplo: Si un propietario reforma un local comercial convirtiéndolo en vivienda, reforzando la estructura e invirtiendo más del 25% del valor del inmueble. Al alquilarlo como vivienda habitual, podrá aplicar la reducción del 60% en el IRPF.

  1. Verificación y acreditación de la reducción

Para aplicar la reducción, el propietario debe disponer de documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, como:

  • Licencias de obra y permisos municipales.
  • Facturas y justificantes de pago.
  • Informes técnicos sobre la rehabilitación.
  • Contrato de arrendamiento como vivienda habitual.

En caso de revisión por parte de la Administración Tributaria, será necesario justificar estos aspectos.

  1. Alternativa: reducción del 50% si no se cumple con la rehabilitación
  • Si el inmueble no cumple con los requisitos de rehabilitación, pero sí se destina a vivienda habitual, se podrá aplicar la reducción del 50%.

Ejemplo: Un contribuyente transforma un local en vivienda, pero solo redistribuye espacios y moderniza instalaciones. No se trata de una rehabilitación estructural, por lo que solo podrá aplicar la reducción del 50%.

La transformación de un local en vivienda puede traer beneficios fiscales, pero es crucial cumplir con los requisitos establecidos.

En GRA Consultores, somos expertos en fiscalidad inmobiliaria y podemos ayudarte a determinar si tu inmueble puede acogerse a estas reducciones. Contáctanos para más información y asesoramiento personalizado.