Si has convertido un local comercial en vivienda y lo destinas al alquiler, es clave conocer cómo puedes beneficiarte de una reducción fiscal en el IRPF de hasta el 60%. No todas las viviendas transformadas pueden acogerse a esta ventaja, por lo que es fundamental entender los requisitos y condiciones establecidas por la normativa vigente.
- Aplicación de la reducción según el tipo de arrendamiento
El artículo 23.2 de la LIRPF establece diferentes porcentajes de reducción en función de las características del arrendamiento:
- 90% de reducción: si el arrendador firma un nuevo contrato en una zona de mercado residencial tensionado y reduce la renta en más de un 5% respecto al contrato anterior.
- 70% de reducción se aplica en estos casos:
- Cuando la vivienda se alquila por primera vez en una zona tensionada y el arrendatario tiene entre 18 y 35 años.
- Si se arrienda a una Administración Pública o entidad sin ánimo de lucro con destino a alquiler social.
- 60% de reducción: Disponible cuando la vivienda ha sido rehabilitada conforme al artículo 41.1 del Reglamento del IRPF y las obras finalizaron en los dos años anteriores al arrendamiento.
- 50% de reducción: Aplicable en cualquier otro caso siempre que el arrendamiento sea para vivienda habitual.
- Requisitos para aplicar la reducción del 60% por rehabilitación
Para acceder a esta reducción, se deben cumplir dos condiciones esenciales:
a) Rehabilitación del inmueble
Debe cumplir con los criterios del artículo 41.1 del Reglamento del IRPF:
- Ser una obra de rehabilitación conforme al Real Decreto 233/2013.
- Implicar la reconstrucción del inmueble, afectando elementos estructurales.
- Tener un coste superior al 25% del valor de adquisición del inmueble o su valor de mercado antes de la rehabilitación.
- No se consideran rehabilitaciones las reformas internas o mejoras en instalaciones.
b) Arrendamiento como vivienda habitual
Debe cumplir con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
- No se aplicará la reducción si el alquiler es para uso turístico o de temporada.
Ejemplo: Si un propietario reforma un local comercial convirtiéndolo en vivienda, reforzando la estructura e invirtiendo más del 25% del valor del inmueble. Al alquilarlo como vivienda habitual, podrá aplicar la reducción del 60% en el IRPF.
- Verificación y acreditación de la reducción
Para aplicar la reducción, el propietario debe disponer de documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, como:
- Licencias de obra y permisos municipales.
- Facturas y justificantes de pago.
- Informes técnicos sobre la rehabilitación.
- Contrato de arrendamiento como vivienda habitual.
En caso de revisión por parte de la Administración Tributaria, será necesario justificar estos aspectos.
- Alternativa: reducción del 50% si no se cumple con la rehabilitación
- Si el inmueble no cumple con los requisitos de rehabilitación, pero sí se destina a vivienda habitual, se podrá aplicar la reducción del 50%.
Ejemplo: Un contribuyente transforma un local en vivienda, pero solo redistribuye espacios y moderniza instalaciones. No se trata de una rehabilitación estructural, por lo que solo podrá aplicar la reducción del 50%.
La transformación de un local en vivienda puede traer beneficios fiscales, pero es crucial cumplir con los requisitos establecidos.
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