Resumen de las medidas aprobadas por el Gobierno para afrontar las consecuencias de la DANA

Grupo Brio

noviembre 6, 2024

Estimados clientes,

El Gobierno ha lanzado una serie de medidas económicas, divididas en diferentes áreas, con el objetivo de dar respuesta a los afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que afectó a diversos municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Las medidas, que entrarán en vigor el jueves, 7 de noviembre de 2024, incluyen ayudas económicas para la reparación de infraestructuras públicas y privadas, compensaciones por pérdidas agrícolas y ganaderas, y apoyo a las personas y empresas afectadas para facilitar la recuperación de las zonas damnificadas.

Las zonas más afectadas se sitúan en la provincia de Valencia, las áreas de Utiel-Requena, l’Horta Sud, la Ribera Alta y Baja, y la Comarca de los Serranos; en Albacete, el municipio de Letur; en Cuenca, el municipio de Mira; y en Andalucía, diversos puntos de las provincias de Málaga, Almería, Granada, Sevilla, Huelva y Cádiz.

En GRA Consultores hemos elaborado un resumen del Real Decreto Ley 6/2024 del Gobierno de España con lo más destacado.

Vivienda y locales 

  • Hipotecas y créditos. Las personas y empresas con hipotecas o préstamos al consumo podrán diferir el pago completo durante tres meses, y solo tendrán que abonar los intereses durante los siguientes nueve meses. Esto permite a particulares, autónomos y empresas posponer el pago tanto del capital como de los intereses durante el tiempo especificado. Por ejemplo, una hipoteca promedio de 120.000 euros con una cuota de 600 euros no pagará nada por tres meses y, en los nueve siguientes, solo abonará 300 euros. La solicitud de este aplazamiento podrá realizarse en los tres meses posteriores a la entrada en vigor del decreto.
  • Ayudas por daños en la vivienda. Los hogares con daños en su vivienda recibirán ayudas directas que oscilarán entre los 20.000 y 60.000 euros, según la magnitud de los daños. En caso de destrucción total, se otorgarán 60.480 euros; por daños en la estructura, 41.280 euros; y para daños no estructurales, 20.640 euros. La ayuda aplica solo a la vivienda habitual y se eliminan requisitos de ingresos para quienes hayan sufrido la pérdida de su hogar o daños leves.
  • Electrodomésticos y muebles. Las familias afectadas podrán solicitar hasta 10.320 euros para reemplazar electrodomésticos y reparar mobiliario dañado, siempre que sean esenciales para la habitabilidad de la vivienda.
  • Mobiliario de comunidades. Los residentes de un edificio pueden solicitar hasta 36.896 euros para restaurar mobiliario comunitario como portales y ascensores. Esta ayuda, al igual que las de reparación y reconstrucción, se debe solicitar en los dos meses posteriores a la entrada en vigor del decreto. Se requiere documentación que demuestre la titularidad de los bienes dañados, y los daños podrán ser certificados mediante un informe pericial validado por el ayuntamiento.
  • Indemnizaciones por vehículos perdidos. El Consorcio de Compensación de Seguros iniciará el pago de indemnizaciones esta semana, ofreciendo una compensación un 20% superior al valor de tasación de cada vehículo, con un presupuesto total estimado de 3.500 millones de euros.

Empresa

  • Apoyo a pymes y autónomos. Se destinarán 838 millones de euros a pymes y trabajadores autónomos de las áreas afectadas. De este total, 513 millones serán para pequeñas y medianas empresas, y los 325 millones restantes para autónomos. Las ayudas varían en función de la facturación de 2023, con montos que oscilan entre 10.000 y 150.000 euros. Más de 30.000 empresas de los municipios afectados podrán beneficiarse de estos fondos.
  • Ayuda para autónomos. Los autónomos recibirán una ayuda de 5.000 euros, beneficiando a más de 65.000 personas. Las solicitudes estarán disponibles desde el 19 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024 y se pagarán a partir del 1 de diciembre, con una exención fiscal en el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades.
  • Línea de avales DANA. Se establece una línea de avales por 5.000 millones de euros a través del Instituto de Crédito Oficial, que también estará disponible para hogares. El primer tramo de 1.000 millones ya está aprobado y el resto se desplegará progresivamente.
  • Exenciones en cotizaciones. Las empresas que suspendan temporalmente a sus empleados estarán exentas de las cotizaciones a la Seguridad Social hasta febrero de 2025.
  • Aplazamiento del IRPF. Hacienda retrasará el segundo pago del IRPF para los afectados de Valencia, abarcando a 200.000 contribuyentes.

Trabajo y Seguridad Social 

  • Incapacidad temporal extraordinaria. Se crea una baja especial para quienes sufran daños físicos o psicológicos a causa de la DANA, con una prestación del 75% del salario desde el primer día. Las pensiones de incapacidad, viudedad y orfandad se tratarán como accidentes laborales, incrementando su cuantía.
  • Prestación por cese de actividad para autónomos. Se cubre el 70% de la base de cotización, sin requerir los 12 meses de cotización habituales.
  • Incremento en prestaciones no contributivas. El ingreso mínimo vital y otras prestaciones no contributivas aumentarán un 15% durante los próximos tres meses, con posibilidad de extender la medida.
  • Moratorias y exenciones fiscales. Los afectados podrán aplazar el segundo pago de la renta y el pago del IBI en inmuebles dañados.

Justicia 

  • Certificación de bienes. Se facilitará la certificación de la ubicación de los bienes inmuebles, con asistencia gratuita de registradores y notarios.
  • Refuerzos en juzgados. Los juzgados de Torrent, Catarroja y Requena recibirán refuerzos, con la incorporación de un juez y un letrado de la Administración de Justicia por cada juzgado.
  • Suspensión de plazos procesales y administrativos. Se ratifica la suspensión de plazos para evitar perjuicios a los derechos de los ciudadanos.

Finalmente, el Gobierno cubrirá el 100% de los gastos de emergencia de los ayuntamientos afectados y financiará hasta el 50% de las obras para reparar infraestructuras, garantizando que el proceso de entrega de ayudas sea rápido y eficiente.

No obstante, para ampliar información o cualquier pregunta adicional, pueden contactar con nosotros.

Forma de pedir las ayudas:

Ayudas directas a familias 

Ayudas de 72.000 euros en caso de fallecimiento o invalidez total, de entre 20.000 y 60.000 euros para la reparación de viviendas y de hasta 10.300 euros para los daños en electrodomésticos y enseres de las viviendas.

Estas ayudas se podrán pedir a partir de mañana jueves durante dos meses. Los solicitantes podrán tramitar su petición a través de la subdelegación del Gobierno en Valencia o también a través de la sede electrónica del ministerio del Interior. Los solicitantes tendrán que acreditar que son los propietarios de la vivienda presentando el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles o algún otro documento parecido. Pinchando en el enlace se abren los formularios de las distintas ayudas.

El decreto aclara que estas ayudas estarán exentas de tributar, de manera que no tendrán efectos a la hora de presentar la declaración del Impuesto de la Renta del año que viene.

Ayudas directas a empresas y autónomos 

En el caso de las empresas afectadas, el decreto contempla ayudas de 5.000 euros para los autónomos y de entre 10.000 y 150.000 euros para las compañías societarias en función de su facturación. En concreto, las empresas que facturen menos de 1 millón de euros recibirán 10.000 euros. La cuantía de la ayuda que se destinará a las que facturen entre 1 y 2 millones de euros anuales será de 20.000 euros. Recibirán 40.000 euros las compañías que ingresen entre 2 y 6 millones de euros al año. La ayuda para las que facturen más de 6 millones, pero menos de 10 será de 80.000 euros. Mientras que a las empresas que superen estos umbrales de facturación, el Gobierno les transferirá 150.000 euros.

Para solicitar esta ayuda, las empresas tendrán que cumplimentar un formulario en la web de la Agencia Tributaria que estará disponible a partir del 19 de noviembre. Tendrán de plazo hasta el 31 de diciembre para presentar su solicitud y comunicar la cuenta corriente en la que recibirán la ayuda. La intención del Gobierno es que los pagos empiecen a llegar a las empresas a partir del 1 de diciembre.

En el caso de los autónomos, el decreto detalla que aquellos cuya actividad cese a consecuencia de los efectos de la DANA podrán pedir la prestación por cese de actividad a las mutuas colaboradoras de la Seguridad social «sin que sea necesaria la aportación de documentos que acrediten la existencia de fuerza mayor».

Moratorias hipotecarias y de crédito 

Otra de las medidas acordadas por el Gobierno, con las patronales bancarias, es la aplicación de una moratoria para el pago de los créditos de familias y pymes que facturen menos de 6 millones de euros y que se hayan visto afectadas por las inundaciones. Con esta medida, se dejarán de pagar las cuotas de las hipotecas y los préstamos durante tres meses y solo se pagarán los intereses durante los siguientes nueve meses, de manera que se reduce considerablemente el pago de los créditos durante el primer año. Esto implicará una ampliación del plazo del crédito por el tiempo en el que esté vigente la moratoria.

El decreto establece que los que se quieran beneficiar de esta moratoria tendrán tres meses para pedirla a su banco, a partir de mañana, y la solicitud tiene que ser automáticamente aceptada porque el decreto especifica que «la aplicación de la suspensión no requerirá acuerdo entre las partes». Los que piden una moratoria por el pago de la hipoteca no tendrán que presentar ningún documento, pero sí se pide una moratoria para otro tipo de crédito, sí será necesario acreditar que se reside en una de las zonas afectadas.

Otras medidas 

El decreto también detalla otras medidas aprobadas por el Gobierno, como el aplazamiento de ciertas obligaciones tributarias. Por ejemplo, los afectados no tendrán que pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de este año por las viviendas afectadas. Y se ha aplazado el cobro del segundo pago de la declaración de la renta a 200.000 afectados que tenían que haber abonado ayer este impuesto. Hacienda ha aplazado el cobro durante tres meses, por lo que el abono se hará el 5 de febrero.

También se amplía hasta el 30 de enero el plazo para presentar o pagar el resto de declaraciones que se tenía que entregar entre el 29 de octubre y el 31 de diciembre de este año. 

Además, el decreto establece que los consumidores tienen derecho a rescindir o aplazar los contratos de luz y gas si no pueden acceder a sus casas o no se puede ofrecer el suministro a consecuencia de las inundaciones. El decreto recuerda que estos afectados pueden suspender sus contratos hasta el día que puedan volver a sus casas. 

 

Atentamente,

El equipo de GRA Consultores