La Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, establece nuevas normativas para garantizar la representación paritaria y una presencia equilibrada de mujeres y hombres en las empresas. Conocida como la ‘Ley de Paridad’, esta normativa busca asegurar que el sexo menos representado alcance umbrales mínimos en los consejos de administración de estas empresas.
Introducción
La ‘Ley de Paridad’ surge con el propósito de fomentar la igualdad de género en distintos ámbitos de nuestra sociedad, incluyendo partidos políticos, colegios profesionales, sindicatos y empresas. Enfocándonos en el sector empresarial, esta ley tiene como principal objetivo alcanzar un mínimo del 40% de presencia del sexo menos representado en los consejos de administración de las empresas cotizadas en bolsa, dentro de plazos definidos para asegurar el cumplimiento progresivo de esta cuota.
¿Qué implica la Ley de Paridad para las empresas cotizadas?
El alcance de esta nueva ley es amplio y establece los siguientes puntos clave:
- Cuota mínima del 40% en consejos de administración. Las empresas cotizadas en el IBEX35 tendrán hasta el 30 de junio de 2026 para alcanzar este porcentaje, mientras que el resto de las empresas cotizadas bursátiles deberán cumplir con este requisito a más tardar el 30 de junio de 2027.
- Ajustes en los procesos de selección de consejeros. En caso de que no se cumpla con la cuota, los procesos de selección deberán ser adaptados para garantizar la presencia del sexo menos representado. Es importante destacar que, actualmente, esta cuota beneficia mayoritariamente a las mujeres.
- Medidas de transparencia. Las empresas cotizadas deberán informar anualmente sobre la presencia de mujeres y hombres en su consejo de administración y alta dirección. Esto permitirá controlar el cumplimiento de la ley y asegurar la transparencia de las acciones llevadas a cabo.
- Fomento de la paridad en la alta dirección. Se buscará que la composición de la alta dirección incluya también al 40% del sexo menos representado. En los informes anuales, las empresas deberán detallar estos aspectos y, en caso de no alcanzar el 40%, explicar los motivos.
- Régimen sancionador. La ley prevé sanciones graves para aquellas empresas que no cumplan con los requisitos establecidos.
Consideraciones adicionales
La normativa prevé la aplicación de la regla de redondeo para alcanzar el porcentaje más cercano al 40%. Por ejemplo, si una empresa tiene 30 consejeros, al menos 12 deben pertenecer al sexo menos representado. En el caso de una vacante por cese o dimisión de un consejero, la paridad deberá restablecerse mediante un nombramiento de cooptación en la primera junta que se celebre.
Cabe resaltar que la normativa española va un paso más allá que la Directiva Europea, permitiendo excepciones para favorecer la presencia de mujeres en estos órganos de gobierno empresarial.
¿Cómo deben prepararse las empresas?
Las empresas cotizadas deberán revisar y adaptar sus procesos de selección para cumplir con la nueva normativa. Además, deberán ser transparentes en su estructura interna y preparar los informes que reflejen el grado de cumplimiento con la ‘Ley de Paridad’. El hecho de no cumplir con estos requerimientos podría acarrear sanciones importantes. ¿Necesitas ayuda para cumplir con esta nueva ley? Nuestro equipo de GRA Consultores puede brindarte asesoramiento especializado.